Libertades civiles restringidas – Wikigender https://www.wikigender.org/es/ Gender equality Wed, 07 Dec 2022 14:51:46 +0000 es-ES hourly 1 https://wordpress.org/?v=4.9.8 Mi cuerpo me pertenece ¿Cuántas personas pueden afirmarlo libremente? Síntesis del informe de la UNFPA https://www.wikigender.org/es/wiki/mi-cuerpo-me-pertenece-cuantas-personas-pueden-afirmarlo-libremente-sintesis-del-informe-de-la-unfpa/ https://www.wikigender.org/es/wiki/mi-cuerpo-me-pertenece-cuantas-personas-pueden-afirmarlo-libremente-sintesis-del-informe-de-la-unfpa/#respond Thu, 06 May 2021 12:03:26 +0000 https://www.wikigender.org/?post_type=userpress_wiki&p=26177 María Jesús González Sanz

Escuela de Gobierno, Universidad Complutense de Madrid

 

Mi cuerpo, pero no mi decisión

El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA, por sus siglas en inglés) es el organismo que trabaja para garantizar que todas las personas, especialmente mujeres y jóvenes, tengan acceso a servicios de salud sexual y reproductiva en todas sus dimensiones: planificación familiar voluntaria, salud materna, educación sexual, etc. Publicó el pasado 14 de abril su último informe sobre el estado de la población mundial para 2021,“Mi cuerpo me pertenece: reclamar el derecho a la autonomía y la autodeterminación[1], donde se centra en las decisiones de autonomía corporal[2] y autodeterminación relacionadas con la salud y los derechos sexuales y reproductivos, acorde con la meta 5.6 (“Asegurar el acceso universal a la salud sexual y reproductiva y a los derechos sexuales y reproductivos”) definida en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Para evaluar este hecho se desarrollaron dos indicadores para el seguimiento del progreso hacia la autonomía corporal. Por un lado, se busca medir la evolución de la capacidad de decisión de las mujeres en materia de derechos sexuales y reproductivos[3]. Y, por otro, si existe un entorno propicio para la toma de decisiones de manera autónoma, es decir, existen leyes y/o reglamentos que garanticen un acceso pleno e igualitario a los servicios de salud sexual y reproductiva y a educación al respecto[4].

Los datos extraídos a partir del indicador 5.6.1 muestran un panorama aterrador sobre la capacidad para tomar decisiones autónomas del propio cuerpo: solamente el 55% de las mujeres y niñas pueden tomar sus propias decisiones en las tres[5] dimensiones de la autonomía corporal.

Aunque los datos solo están disponibles para uno de cada cuatro países en el mundo, en el informe se arrojan múltiples resultados y diferencias entre las regiones y entre países. Por ejemplo, en América Latina y el Caribe, Asia Oriental y Sudoriental el 76% de las adolescentes y mujeres toman decisiones autónomas en las tres dimensiones del indicador 5.6.1; mientras que esta cifra es inferior al 50% en África Subsahariana y en Asia Central y Meridional[6]. Por otra parte, este indicador presenta algunas limitaciones porque los porcentajes no revelan las tendencias positivas o negativas que se están registrando simultáneamente en un país. En este sentido, las tendencias positivas más comunes son sobre las decisiones autónomas relativas a la obtención de salud. Sin embargo, las tendencias negativas están relacionadas con el poder para negarse a mantener relaciones sexuales. En el informe se apuntan varios factores que puedan explicar estos hechos: persistencia de tabúes sobre la sexualidad, sistemas patriarcales que perpetúan una dinámica de poder desigual donde las exigencias de los hombres se anteponen a las de las mujeres. Y, por último, en ocasiones las mujeres para lograr más independencia en sus propios proyectos económicos y personales pueden aceptar exigencias sexuales como medio para conseguirlo.

En esta investigación se identifican cuatro elementos que influyen en el poder de decisión de las mujeres en las tres dimensiones del indicador 5.6.1:

  • La primera dimensión, la situación socioeconómica, mayores niveles de educación y riqueza están vinculados a mayor poder de decisión.
  • La segunda, las relaciones interpersonales, una mayor comunicación con sus maridos o parejas aumenta la probabilidad de tomar decisiones conjuntas sobre el uso de anticonceptivos y salud reproductiva.
  • En tercer lugar, las normas de género y los valores locales en algunas comunidades son incompatibles con la autonomía corporal de mujeres y niñas. Frecuentemente, las comunidades pueden presionar a las mujeres para que tengan hijos/as y pueden perpetuar imaginarios sobre la sumisión y pasividad de las mujeres en las relaciones sexuales. Asimismo, en algunas comunidades se disuade a las mujeres a debatir cuestiones de salud sexual y reproductiva lo que las imposibilita la negociación sobre las relaciones sexuales, uso de anticonceptivos y la atención a la salud reproductiva.
  • Por último, otro de los obstáculos que enfrentan las mujeres y niñas para alcanzar su autonomía corporal tiene que ver con los sistemas de salud, en ocasiones la distancia física, la ausencia de servicios que den respuesta a las necesidades de adolescentes y jóvenes (escasez de métodos anticonceptivos preferidos, servicios de mala calidad –prejuicios y falta de privacidad-) y trabajadores/as sanitarios que no muestran empatía y, a veces, socaban derechos de sus pacientes lo que supone un impedimento para la promoción de la autonomía corporal.

Diversas formas para la negación de la autonomía e integridad corporal

En el segundo capítulo del informe se identifican de manera pormenorizada una serie de vulneraciones a la autonomía corporal y autodeterminación, que se perpetúan mediante normas, prácticas e incluso leyes, producidas por desigualdades de género profundamente arraigadas: Matrimonios forzados[7], matrimonio infantil y uniones tempranas, leyes que obligan a casarse con el violador, negación de la educación sexual integral, mutilación genital femenina, exámenes anales forzados, esterilización forzada o uso forzado de métodos anticonceptivos, violación homofóbica y/o transfóbica, asesinatos “por honor”, violencia sexual dentro de las relaciones de pareja, coacción reproductiva y “pruebas de virginidad”. Estás prácticas totalmente contrarias a los derechos humanos más fundamentales están todavía presentes en muchos países y se han agravado con la pandemia del COVID-19[8].

Por otra parte, las investigaciones manifiestan que con frecuencia las mujeres y niñas no son conscientes de que tienen derecho a decir que no y que tienen derecho a decidir sobre su propio cuerpo y futuro.

¿Cómo influyen las leyes y reglamentos en la autonomía corporal?

El indicador 5.6.2[9] permite hacer un seguimiento de las leyes favorables y los obstáculos legislativos y jurídicos en relación a la demanda de servicios de salud. Este indicador mide solamente la existencia de leyes no su aplicación. A continuación, se muestran algunos de los principales resultados de los países para los que se disponen de datos:

  • El 80% de los países tienen leyes que apoyan la salud y el bienestar sexual.
  • El 71% de los países garantizan el acceso a servicios de maternidad integrales.
  • El 75% dispone de leyes y reglamentos para garantizar el acceso pleno e igualitario a la anticoncepción.
  • El 56% de los países tienen leyes y políticas que apoyan la educación integral en sexualidad.
  • El 62% de los países informantes cuentan con leyes o política nacionales que establecen la obligatoriedad de la educación sexual en los programas escolares nacionales.

Este indicador presenta algunas limitaciones ya que es necesario un conocimiento más profundo de las leyes y de las fuerzas que obstaculizan o favorecen la autonomía y el empoderamiento de las mujeres en general, lo que afecta directamente al poder de decisión de las personas sobre su salud sexual y reproductiva. Asimismo, abarca solo algunos ámbitos de la salud asociados a la autonomía corporal, pero no cubre leyes que comprenden asuntos tan importantes como la autodeterminación en materia de género, las cirugías genitales en el caso de los/as niños/as intersexuales y la actividad sexual con personas del mismo sexo.

Dentro de las limitaciones expuestas, este informe da un paso más allá de lo acordado en el año 1995 en Beijing en materia de salud y derechos sexuales y reproductivos y hace un llamamiento para incorporar al debate cuestiones específicas como los derechos de las personas LGTBI y transgénero, la sexualidad de las personas con discapacidad, la situación del aborto, los límites del ejercicio de la autonomía corporal en la sexualidad y en la reproducción (menciona específicamente la gestación subrogada, provisión de gametos, trabajo sexual y prostitución). No es concluyente sobre estos temas, pero aporta elementos para el debate público sobre estos asuntos de gran calado social.

No habrá igualdad de género sin el control sobre el propio cuerpo. Defender el derecho a la autonomía corporal.

De manera sintética el informe propone como líneas de intervención prioritarias: promover la educación en salud sexual y reproductiva, abordar la normatividad social, involucrar al personal de salud, revisar los marcos normativos y la legislación[10], hacer un seguimiento del progreso de la implementación de leyes que promuevan la autonomía corporal y garantizar que todos los colectivos sean incluidos.

Se podría concluir que el informe propone, en primer lugar, acabar con todas las formas de control sobre las mujeres y niñas y que estas puedan decidir acerca de sus propios cuerpos y planificar su futuro sin ser controladas. En segundo lugar, el informe plantea la necesidad de garantizar el acceso a servicios e información para que puedan poner en práctica sus decisiones más fundamentales sobre sus propios cuerpos. Además, alcanzar la autonomía corporal de las mujeres y niñas depende, principalmente, de conseguir la igualdad de género. Esta autonomía traería múltiples beneficios tanto para las mujeres y niñas como para la sociedad en su conjunto (mejora de la salud, educación, ingresos, seguridad, etc.). Y, por último, el informe alerta de la necesidad de acelerar y sostener el progreso en los aspectos clave de autonomía corporal y autodeterminación de mujeres y niñas que el COVID-19 ha hecho retroceder, lo que compromete la garantía de sus derechos humanos y la consecución de la Agenda 2030.

 

Bibliografía:

UNFPA (2021). Mi cuerpo me pertenece. Reclamar el derecho a la autonomía y a la autodeterminación. Recuperado de https://www.unfpa.org/sites/default/files/pub-pdf/SoWP2021_Report-ES_-_v3312.pdf

[1] El pasado 14 de abril de 2021, el Fondo de Población de las Naciones Unidas publicó el Informe sobre el Estado de la Población Mundial 2021 que lleva este título.

[2] Este término no es fácil definirlo ni determinarlo, siguiendo lo planteado en esta investigación la autonomía corporal es tener el poder y la capacidad de decidir sobre nuestros cuerpos (en materia de atención a la salud, anticoncepción y sexualidad) y futuro, sin violencia ni coacciones.

[3] Meta 5.6.1: Proporción de mujeres de 15-49 años que toman sus propias decisiones en materia de salud y derechos sexuales y reproductivos (lo que incluye decidir sobre su propia atención médica y el uso de anticonceptivos; y que pueden negarse a mantener relaciones sexuales).

[4] Meta 5.6.2: Número de países con leyes y reglamentos que garantizan a los hombres y a las mujeres a partir de los 15 años de edad un acceso pleno e igualitario a los servicios de salud sexual y reproductiva y a información y educación al respecto.

[5] El indicador 5.6.1 se basa en las respuestas dadas por mujeres entre 15-49 años a 3 preguntas planteadas en las Encuestas Demográficas y de Salud (EDS) en 57 países: ¿Quién suele decidir sobre la atención de su salud?, ¿quién suele decidir sobre si usted debería o no utilizar anticonceptivos? y ¿puede decir que no a su marido o pareja si no desea mantener relaciones sexuales?.

[6] Para un análisis detallado de los resultados véase el informe completo, disponible aquí: https://www.unfpa.org/sites/default/files/pub-pdf/SoWP2021_Report-ES_-_v3312.pdf

[7] Los matrimonios forzados obedecen a prácticas patriarcales institucionalizadas, como el pago de una dote o el precio de la novia, el rapto de la novia, el matrimonio de las viudas con familiares políticos (levirato), etc. A través de estas prácticas se relega a las novias a la condición de propiedad que se puede comprar, poseer o intercambiar; sin ninguna consideración por sus derechos o autonomía.

[8] En concreto, según estimaciones del UNFPA, durante la pandemia de COVID-19 los países no priorizaron en los programas de eliminación de la mutilación genital femenina y puede dar lugar a 2 millones de casos que se podrían haber evitado.

[9] Se trata de un indicador compuesto que implica cuatro grandes ámbitos: atención materna, anticoncepción y planificación familiar, educación sexual integral y servicios de salud y bienestar sexuales. A su vez, abarcan 13 componentes que se ocupan de aspectos que pueden ser regulados por la legislación.

[10]Obligaciones de los Estados: promocionar los derechos a la autonomía e integridad corporales. Mediante: la eliminación de las trabas a la toma de decisiones individuales, legislar mediante leyes que faculten, no que limiten; defender los derechos de los adolescentes; establecer sistemas para reparar las violaciones de derechos; proveer de información y servicios de salud sexual y reproductiva de calidad.

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El papel protagonista del movimiento feminista en la aprobación de una nueva constitución chilena https://www.wikigender.org/es/wiki/el-papel-protagonista-del-movimiento-feminista-en-la-aprobacion-de-una-nueva-constitucion-chilena/ https://www.wikigender.org/es/wiki/el-papel-protagonista-del-movimiento-feminista-en-la-aprobacion-de-una-nueva-constitucion-chilena/#respond Wed, 27 Jan 2021 10:52:31 +0000 https://www.wikigender.org/?post_type=userpress_wiki&p=25835 Cristina Soler Polo

Escuela de Gobierno, Universidad Complutense de Madrid

El país chileno atraviesa un momento que marcará su historia para siempre. En mitad de la pandemia por la Covid-19, la ciudadanía ha votado a favor de redactar una nueva constitución, poniendo fin al texto constitucional que sigue vigente desde la dictadura de Pinochet.

La aprobación de una nueva constitución es una demanda de largo recorrido de gran parte de la población, pero desde el año 2018 se vienen dando una serie de acontecimientos que han ido marcando el camino a este nuevo proceso constituyente.

Para comprender la situación actual, es importante situar los antecedentes del territorio. Chile es conocido como uno de los países con mayor índice de desarrollo humano y económico de la región latinoamericana[1], y en muchas ocasiones se emplea como ejemplo de éxito de las políticas económicas (Grupo Banco Mundial, 2020; Sunkel e Infante, 2009), que tienen sus inicios en los “Chicago Boys” de los años 70.

Los “Chicago Boys” fueron un grupo de economistas chilenos, formados en la Escuela de Economía de Chicago, que desarrollaron una serie de políticas económicas de libre mercado impulsadas por Estados Unidos y que fueron implementadas por Pinochet. Friedman, uno de los fundadores de esta escuela y asesor de los gobiernos de Reagan y Thatcher, llegó a denominar a la implementación de estas medidas en Chile como un experimento de “terapia de shock”. (Klein, 2007).[2]

A día de hoy, Chile destaca por tener un sistema educativo, sanitario y de pensiones muy deficitario y desigual. La CEPAL en un estudio sobre el sistema de protección social del país, afirma que Chile se enfrenta a “profundos desafíos que se manifiestan, entre otros aspectos, en la persistente desigualdad económica, de calidad y oportunidad en el acceso a los servicios de salud y educación y en la acumulación de oportunidades.” (Robles, 2015).

Del “Mayo Feminista” a un nuevo proceso constituyente

Para comprender el proceso que atraviesa el país, es necesario exponer la sucesión de acontecimientos que se llevan protagonizando desde el 2018 (si bien es imposible determinar una fecha concreta dada la dificultad del contexto). Durante este año, tiene lugar el “Mayo Feminista”, en el que estudiantes de distintas universidades salieron a la calle denunciando las situaciones de discriminación a las que se veían sometidas y el machismo estructural del propio Estado chileno. Protagonizaron grandes manifestaciones de las que se hicieron eco la prensa internacional y el movimiento feminista a nivel global. Desde entonces, el feminismo chileno ha cobrado especial fuerza y presencia en todas las reivindicaciones sociales, educativas y políticas del país. (De Fina y Figueroa, 2019).

Más tarde, en octubre del 2019, comienza a emerger lo que se ha denominado como “estallido social” (Artaza, Pablo et al., 2019), como consecuencia de un cúmulo de factores que habían generado gran malestar en la población en el contexto de una profunda crisis de confianza democrática, y que tocó fondo al aumentar de manera considerable la tarifa del metro en Santiago de Chile. Este suceso generó una evasión masiva del pago de las tarifas del metro, que protagonizó principalmente el movimiento estudiantil, denunciando la imposibilidad de hacer frente a las altas tasas.

Así, comenzaron a darse masivas protestas ciudadanas que se fueron extendiendo por todo el país, en las que se reivindicaban una reforma estructural de las instituciones y unos derechos sociales básicos como la educación y sanidad públicas, un sistema de pensiones sostenible y cobertura de prestaciones sociales.

Entre las protestas más destacadas, encontramos la del colectivo feminista “Lastesis” que llevaron a acabo una acción callejera en forma de canción[3] denunciado la violencia patriarcal de las instituciones chilenas. Esta acción ha alcanzado la fama a nivel internacional y se ha representado en varias ciudades de todo el mundo en el marco del 8-M. Destacar que la manifestación del 8-M en Santiago de Chile de este año 2020 ha sido una de las más multitudinarias a nivel mundial, estimando una asistencia de más de dos millones de mujeres (Freixas, 2020).

Las protestas del estallido social estuvieron marcadas por importantes episodios de violencia y represión policial, en las que desaparecieron manifestantes y se declararon torturas y abusos sexuales, pudiéndose apreciar el poder que aún conserva el sector militar y carabinero del país. Amnistía Internacional y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) de la ONU (2020) han denunciado la situación como una violación clara de los derechos humanos fundamentales.

Finalmente, gracias a las reivindicaciones ciudadanas y tras la evidencia de una profunda crisis del sistema chileno, se llegó a un acuerdo político para celebrar un plebiscito y sustituir la constitución actual por una nueva que recoja las demandas colectivas de la sociedad chilena.

El 25 de octubre de 2020 se celebró el referéndum, ganando por amplia mayoría la aprobación para redactar una nueva constitución, la primera en la historia en ser redactada en su totalidad por representantes de distintos sectores de la sociedad civil y de manera paritaria entre mujeres y hombres.[4] (Schönhaut, 2020; Gobierno de Chile, 2020). En cuanto al resto de cuotas de participación, ha surgido gran controversia entre los pueblos indígenas, que han denunciado el racismo interno del proceso, la falta de representatividad y las dificultades en la negociación (Jara, 2020).

Podríamos decir, por tanto, que el movimiento feminista chileno ha tenido un papel fundamental en las reivindicaciones sociales de los últimos años, en especial las estudiantes y jóvenes chilenas. Esta experiencia nos demuestra que el activismo y la sociedad civil son agentes clave para el cambio social y puede motivar a otros territorios y organizaciones feministas internacionales y en pro de los derechos humanos a construir sociedades más justas e igualitarias.

Chile aún se enfrenta a nuevos retos y desafíos tanto políticos como sociales, más allá de su futura constitución, como la despenalización del aborto (reivindicación histórica del feminismo chileno que toma como ejemplo el reciente éxito de Argentina con la ley del aborto), la igualdad salarial, el matrimonio igualitario y un sistema de protección social fuerte, entre otros.


Bibliografía

Amnistía Internacional. (2020). Ojos sobre Chile: Violencia policial y responsabilidad de mando durante el estallido socia. Recuperado de: https://www.amnesty.org/download/Documents/AMR2231332020SPANISH.PDF

Artaza, Pablo; Candina, Azun; Esteve, Javier; Folchi, Mauricio; Grez, Sergio; Guerrero, Cristian; Martínez, Jose Luis; Matus, Mario; Peñaloza, Carla; Sanhueza, Carlos; Zavala, José Manuel. (2019). Chile despertó: Lecturas desde la Historia del estallido social de octubre. Santiago: Universidad de Chile.

De Fina, Gonzalez, Débora y Figueroa, Vidal, Francisca. (2019). Nuevos campos de acción política feminista: Una mirada a las recientes movilizaciones en Chile. Revista Punto Género (11), 51-72. doi:10.5354/0719-0417.2019.53880

Freixas, Meritxell. (2020, marzo 9). Un 8M histórico en Chile desborda las calles y fortalece la revuelta social contra el Gobierno. Diario Público. Recuperado 12 diciembre 2020, de https://www.publico.es/internacional/8m-historico-chile-desborda-calles-fortalece-revuelta-social-gobierno.html

Grupo Banco Mundial. (2017). La evolución hacia una sociedad más próspera. República de Chile, diagnóstico sistemático del país. Recuperado de: http://centroestudiosinternacionales.uc.cl/images/noticias/2017/Noviembre/Chile_SCD_e-book_Final.pdf

Jara, Carlos. (2020, octubre 29). El tenso debate por los escaños reservados: Voces indígenas reclaman exceso de paternalismo y proceso inconsulto. El Desconcierto. Recuperado 12 diciembre 2020, de https://www.eldesconcierto.cl/reportajes/2020/10/29/tenso-debate-por-los-escanos-reservados-voces-indigenas-reclaman-exceso-de-paternalismo-y-proceso-inconsulto.html

Klein, Naomi. (2007). La doctrina del shock: el auge del capitalismo del desastre (1º ed.). Barcelona: Paidós.

ONU. (2019). Informe sobre la misión a Chile 30 de octubre – 22 de noviembre de 2019. Recuperado de: https://www.ohchr.org/Documents/Countries/CL/Report_Chile_2019_SP.pdf

PNUD. (2019). Informe sobre Desarrollo Humano. Recuperado de: http://hdr.undp.org/sites/default/files/hdr_2019_overview_-_spanish.pdf

Robles, Farias, Claudia. (2015). Sistemas de protección social en América Latina y el Caribe: Chile, Documento de proyecto. Santiago de Chile: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Recuperado de: https://ipcig.org/pub/esp/OP279SP_Sistemas_de_proteccion_social_en_America_Latina_y_el_Caribe_Chile.pdf

Schönhaut, Constanza. (2020, marzo 24). La paridad que ganamos para la Constituyente. El Desconcierto. Recuperado 12 diciembre 2020, de https://www.eldesconcierto.cl/opinion/2020/03/24/la-paridad-que-ganamos-para-la-constituyente.html

Sunkel, Osvaldo e Infante, Ricardo (eds.) (2009). Hacia un desarrollo inclusivo: El caso de Chile. Santiago de Chile: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Fundación Chile 21, Organización Internacional del Trabajo (OIT). Recuperado de: https://www.cepal.org/es/publicaciones/1384-un-desarrollo-inclusivo-caso-chile


[1] Según el Informe sobre Desarrollo Humano del PNUD de 2019, Chile se ubica en el puesto 42 entre los 189 países que abarca el Informe, siendo el país latinoamericano con el IDH más alto de la región.

[2] La autora Naomi Klein, en su libro “La doctrina del shock” (2007), desarrolla en profundidad cómo el capitalismo y en concreto las políticas del libre mercado impulsadas por la Escuela de Economía de Chicago se fueron propagando y alcanzando gran poder entre distintas potencias a escala global. Analiza también el impacto de estas políticas y su estrecha relación con el aumento de la desigualdad social y pobreza.

[3] Un violador en tu camino, disponible en, https://www.youtube.com/watch?v=aB7r6hdo3W4

[4] Para más información consultar la página oficial del Gobierno de Chile sobre el Proceso Constituyente: https://www.gob.cl/procesoconstituyente/

 

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Participación y representación política de las mujeres en la República de Cabo Verde: camino hacia una Ley de Paridad https://www.wikigender.org/es/wiki/participacion-y-representacion-politica-de-las-mujeres-en-la-republica-de-cabo-verde-camino-hacia-una-ley-de-paridad/ https://www.wikigender.org/es/wiki/participacion-y-representacion-politica-de-las-mujeres-en-la-republica-de-cabo-verde-camino-hacia-una-ley-de-paridad/#respond Thu, 03 Sep 2020 12:27:13 +0000 https://www.wikigender.org/?post_type=userpress_wiki&p=25501 Universidad Complutense de Madrid (CSEG)

Sergio Moreno Ríos

 

Una República para la igualdad

“Los derechos de las mujeres son derechos humanos (…), su dignidad es igual a la de los hombres” (Duarte, 2007). Guiado por este pensamiento, Amílcar Cabral, máximo dirigente de la lucha por la liberación del pueblo guineano y caboverdiano, enalteció la participación de las mujeres superando la visión utilitarista que, en aquel momento, imperaba la movilización de todos los estratos y segmentos de la población en aras a la emancipación nacional. De este modo, el Partido Africano para la Independencia de Guinea y Cabo Verde (PAIGC) fue fundado en 1956 bajo la inspiración del pensamiento de un revolucionario que guionizaba “la igualdad de la ciudadanía bajo la ley sin distinción de sexo” para el igual disfrute “de derechos en la familia, en el trabajo y en la arena pública” (Duarte, 2007).

Su compromiso sincero le llevo a afirmar que “las mujeres no necesitan del favor de nadie… Necesitan justicia social, pues sobre la base de la justicia conquistarán lo que realmente les es propio por derecho”. Particularmente, encuentro en este pionero enfoque de derechos – extremadamente atrevido para su época –  el germen que permitió enraizar el ideal de la igualdad y la libertad femenina como uno de los fines constituyentes propios de una saliente república caboverdiana que, de acuerdo con la academia, brotó con mayor facilidad que en otras naciones africanas debido, principalmente, a los tres siguientes factores (Monteiro, 2009):

  1. La irrisoria existencia de usos consuetudinarios que contrariaban la igualdad de derechos por razón de género, tales como la mutilación genital femenina, la poligamia forzosa o el matrimonio concertado.
  2. El empleo y lectura del discurso cristiano desde postulados que acentuaban los principios de dignidad e igualdad entre los seres humanos en una sociedad mayoritariamente católica.
  3. Las costumbres arraigadas a una administración colonial que destinó a las mujeres a trabajar fuera del hogar tanto igual o más que a sus compañeros varones.

En efecto, el eco del mensaje de liberación humana de Cabral cautivó a sus oyentes y fue superado por sus seguidoras que fueron, durante y tras la guerra de  independencia, aumentando progresivamente su participación en los diversos frentes. Así, en común, defendieron la defensa de los derechos de las mujeres, su lucha contra todo aquello que pudiera comprometer su dignidad, el empoderamiento y la sororidad que habría de convencer a las mujeres de que su manumisión les correspondía por motu proprio y la necesidad de volcar sus esfuerzos participativos en un Partido que aspiraba a hegemonizar la igualdad como valor último de la revolución (Duarte, 2007).

No obstante, y a pesar de los avances que sitúan a la República de Cabo Verde como uno de los países más progresistas de la región de África subsahariana en materia de igualdad de género, hoy el enfoque limitado de la participación política sigue siendo un obstáculo para la concurrencia igualitaria de mujeres y hombres en la toma de decisiones. Si bien el Código Electoral, en los artículos 415 y 431, establece que “las listas electorales propuestas deberán contener una representación equilibrada de ambos sexos” y “prevé un incentivo financiero a los partidos políticos que presenten al menos el 25% de las mujeres en sus listas”, la aplicación de lo previsto en la ley queda aún hoy lejos de ser una realidad, no existiendo mecanismos de fiscalización para su aplicación ni reglamentación alguna de dicho incentivo.

A tenor de ello, este artículo se compromete a desentrañar breve y descriptivamente la realidad del noble ideal de igualdad que inspiro a un archipiélago libre que hoy dirige sus esfuerzos hacia la promulgación de una Ley de paridad. En consonancia, se pretende aquí ofrecer una panorámica de la situación de la participación política de las mujeres en términos descriptivos y simbólicos, a fin de sugerir un camino que abogue por la adopción e implementación de una agenda que conduzca al país a la materialización, de forma progresiva, consistente e irreversible, de la paridad de género en la participación política, social, económica y cultural en la sociedad caboverdiana a través de resultados concretos, visibles y mensurables a corto y medio plazo, de acuerdo con lo establecido en el Plan Estratégico para el Desarrollo Sostenible del País, la Agenda de Desarrollo 2063 de la Unión Africana y la Agenda 2030 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

La construcción de la disparidad como problema social

Así pues, la Constitución de la República caboverdiana (CRCV), en su artículo 1, establece que “la República de Cabo Verde reconoce la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, sin distinción de origen social o situación económica, raza, sexo, religión, convicciones políticas o ideológicas y condición social” (apartado 2), estableciendo que el Estado “creará progresivamente las condiciones indispensables para la eliminación de todos los obstáculos que puedan impedir el pleno desarrollo de la persona humana y limitar la igualdad de los ciudadanos y su efectiva participación en la organización política, económica, social y cultural del Estado y de la sociedad caboverdiana” (apartado 4). Con ello, la CRCV aspira a una clara interdicción del mantenimiento de determinadas diferenciaciones que han situado a sectores de la población en situaciones de desventaja y contrarias al principio de igualdad que, aquí, se ve reforzado por el artículo 24 de la misma. Especial mención merece además el artículo 54.4 que, bajo la estela del cuarto deber del Estado concerniente al artículo 7. D), ordena a los poderes públicos a alentar “la participación equilibrada de los ciudadanos de ambos sexos en la vida política”. Recapitulando, el ansia y anhelo por la paridad entre hombres y mujeres adquiere una naturaleza constituyente que se tomará aquí como marco interpretativo o policy frame de los datos que seguirán a la narración, transformando la información fragmentaria o casual en un problema político estructurado y significativo en el que se ha de incluir, implícita o explícitamente, una solución (Verloo, 2005).

Desde esta premisa el Código Electoral prosiguió, desde su reforma en el año 2010, el anhelo por una mayor paridad política desde un enfoque basado en la demanda[1]  (Lovenduski y Norris, 1995):

Tabla 1. Fuente: Gender Quotas Database (2018)

Sin embargo y como se ha venido adelantando, la ausencia de mecanismos de fiscalización ni reglamentación que viabilicen las sanciones administrativas, así como la inexistencia de un sistema reglado de colocación paritario, desvanecen las probabilidades de éxito de una ley que, con la única aspiración de reserva del 25% de las candidaturas para las mujeres, resultaba de por sí poco ambiciosa.

En consecuencia, los resultados obtenidos en las últimas elecciones legislativas vislumbraron un horizonte de trabajo por delante. Así, de 2011 a 2016 sólo hubo un ligero aumento de presencia femenina: habiendo un 21% de diputadas y de concejalas, fue posible avanzar hacia un 23,6% de diputadas y un 29,4% de concejalas, respectivamente. En otras palabras, de los 72 asientos que dispone la Asamblea Nacional, únicamente 17 fueron ocupados por mujeres. Huelga señalar aquí cómo tan sólo se alcanzó la paridad en 2 de las 22 cámaras municipales del país (Praia con un 44,4% y Brava con un 60%). Asimismo, y a nivel ejecutivo, al tiempo que se produjo un descenso del 50% al 25% de cargos ministeriales ocupados por mujeres, la representación femenina en la Presidencia de las Mesas de las Asambleas Municipales supuso un escaso 13,6% y ninguna mujer resultó electa alcaldesa (INE, 2016). Por otro lado, especialmente clarificador resulta el retroceso simbólico tras el cambio de Gobierno del socialdemócrata Partido Africano de la Independencia de Cabo Verde (PAICV) por el actual en manos del liberal Movimiento por la Democracia (MpD), que ha relegado a las mujeres de las carteras ministeriales ligadas a la economía o a la defensa nacional, permitiendo afirmar así la asociación simbólica (Yuval-Davis, 1997) de los hombres con la defensa de la nación y de las mujeres con el cuidado y las virtudes de la misma. Concretamente, el actual equipo de Gobierno delega el Ministerio de Justicia y Trabajo, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Familia e Inclusión Social y el Ministerio de Infraestructuras y Ordenación territorial en manos de mujeres (Governo de Cabo Verde, 2018).

Además de la participación política de las mujeres, urge mencionar la baja representatividad de mujeres en cargos de liderazgo en otras esferas del país. Así por ejemplo, mientras que en el Supremo Tribunal de Justicia, de las 7 magistraturas únicamente 2 son ocupadas por mujeres (el 28,6%), en la Administración Pública, de entre los 106 cargos dirigentes habidos en el año 2014, sólo 37 fueron desempeñados por mujeres (el 34,9%). Por otro lado, y si bien el sector educativo viene disfrutando de mayor representatividad femenina, hasta el año 2014 tan sólo un 18,2% de mujeres ocuparon cargos de jefatura descentralizados. Afortunadamente, a partir del año 2017 se produjo una evolución positiva, situándose ahora las mujeres en un 45,5%y en un 39% de delegaciones de educación y dirección de Escuelas Secundarias, respectivamente (INE, 2016).

En conclusión, la legislación vigente no alcanza a revertir la desigualdad y discriminación histórica que deviene en la escasa cuando no nula participación igualitaria entre hombres y mujeres en la toma de decisiones. Por tanto y en aras a superar este desafío, en enero de 2017, la Red de Mujeres Parlamentarias (RMPCV) celebró conjunto al Instituto Cabo Verdiano para la Igualdad y la Equidad del Género (ICIEG) y bajo el amparo de ONU Mujeres y del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), un Taller sobre Mecanismos de Paridad del que germinaría la Declaración de Rui Vaz, un manifiesto conjunto que reafirmó su compromiso con la formulación, adopción, monitoreo y evaluación de una Ley de Paridad en los procesos electorales y en el acceso a los cargos públicos que, como mecanismo normativo encaminado a reponer la justicia social y contribuir al aumento de la participación de las mujeres en las esferas políticas y decisorias, refrendase la construcción de una sociedad igualitaria inscrita en una democracia plenamente representativa (Governo de Cabo Verde, 2017).

A esta Declaración le seguiría el Workshop Internacional “Compartiendo experiencias: buenas prácticas en la promoción de la paridad política. Casos de España, Mozambique, Portugal, Senegal y Ruanda”, celebrado en Julio del pasado año en la ciudad de Praia y cuya clausura correría a cargo del Primer Ministro caboverdiano Ulisses Correia e Silva. El mismo consideró que la implementación de la Ley de paridad permitirá “romper prejuicios y estigmas con relación a la participación de la mujer en la política” y, por otro lado, aseguró el total compromiso de su Gobierno con el desarrollo de una Ley de Paridad que amplíe el debate y supere el marco partidista (Agencia Angola Press, 2017). A razón de esto último, conviene mencionar aquí que, si bien la Ley cuenta con el respaldo generalizado de los dos principales partidos políticos del país, durante la ejecución del proyecto de Cooperación Española de “Apoyo al Plan Estratégico del ICIEG para el combate a la VBG”, en estos últimos meses, se han venido detectando ciertas reticencias sociales en materia de igualdad de género y, más concretamente, en lo que confiere a la paridad política.

En esta senda y ante una Ley que requiere de mayoría cualificada secreta para su aprobación y que precisa del respaldo civil para su efectiva consecución, en marzo de 2018 se firmó un Memorándum de colaboración entre la RMPCV, el ICIEG y ONU Mujeres para la implementación de un Plan de Advocacy para la Paridad de Género que, comenzando este otoño sus primeros pasos bajo el también respaldo de Cooperación Española, ayude a concebir ésta no como una mera vindicación de los grupos de mujeres, sino como una voluntad colectiva de la sociedad caboverdiana para la reposición de la justicia social y política en materia de igualdad de oportunidades de participación entre hombres y mujeres (Infopress, 2018).

En definitiva, el espíritu de Cabral sigue intacto en un país que perpetúa su batalla por la liberación, y es que “después de nuestra lucha (por la independencia), todavía tenemos que abrir más caminos para que las mujeres realmente puedan avanzar” (Duarte, 2007), porque no habrá independencia ni emancipación real ni completa, si no la hay para las mujeres.

Reflexiones hacia la paridad

Como es sabido, alcanzar la paridad de género en Cabo Verde y contribuir de este modo a un planeta 50-50 en 2030, no puede ser sino una responsabilidad de todos los actores sociales, del Gobierno, de la Asamblea Nacional, de los partidos y de los socios de desarrollo del país. En este sentido, cabe mencionar aquí la “Meta 5: lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que, entre otros, propone “asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública” (5.5) y “aprobar y fortalecer políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas a todos los niveles” (5.c).

A propósito de la elaboración de Ley de Paridad – cuya formulación no parece haber concluido[2]– y de acuerdo con los datos aportados, resulta imprescindible insistir en la necesidad de impulsar una normativa que consolide el enfoque demanda desde la superación del sistema sancionador por una reglamentación que prohíba expresamente la concurrencia electoral de todo partido o coalición que no garantice una representación del 50% de ambos géneros bajo la clasificación o colocación paritaria o cremallera de los mismos en las listas electorales (Monteiro, 2009). A su vez, en lo referente la eliminación progresiva de la persistente discriminación de acceso de las mujeres a cargos políticos y de dirección, cargos electivos o de nombramiento, la citada experiencia en el sector educativo debe advertir cómo la exigible paridad en los altos cargos y la ruptura con el techo de cristal no debe descuidar la totalidad de un organigrama que condena a las mujeres a un suelo pegajoso de difícil salida. En este sentido, se hace aquí un llamado a acciones positivas que democraticen la ley y extiendan su cometido: la plena igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas y a todos los niveles. Por último, desde una perspectiva simbólica, se espera que el loable trabajo que se está llevando a cabo tanto desde el Plan de Advocacy de la Ley como desde otras iniciativas y acciones, impugnen los estereotipos de género en las instituciones políticas basados en suposiciones tácitas sobre una división tradicional del trabajo por género (Lovenduski, 2005), que no pueden sino dificultar el trabajo de las mujeres cuando, como space invaders o intrusas (Puwar, 2004), acceden a territorios y carteras institucionales masculinizadas.

En síntesis, en esta Ley ha venido a imaginarse un horizonte de emancipación nacional cuya orientación y empresa no puede ser otra salvo la igualdad. Como en aquel discurso que Amílcar Cabral pronunció en la Escuela Piloto de Conakry el 8 de marzo de 1968, se hace aquí una llamada a luchar por un futuro compartido:

”Queremos que nuestras madres sean iguales a nuestros padres; queremos que nuestras hermanas sean iguales a nosotros; queremos que nuestras hijas no sean esclavas de nadie y que no estén dominadas por nadie. Para esto es necesario luchar, nada cae del cielo, excepto la lluvia” (Duarte, 2007) “.

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[1] Frente a los enfoques basados en la oferta  – ¿por qué las mujeres no se presentan como candidatas? –  Lovenduski y Norris atajaron soluciones a la pregunta “¿por qué los partidos y las instituciones públicas no reclutan mujeres?”, ofreciendo medidas de acción positiva como la que aquí prosigue.

[2] Será presentada en enero, siendo sometida a la Asamblea Nacional para debate y posterior aprobación en marzo de 2019.

 

Referencias bibliográficas

Libros

Duarte, V. (2007). Gender, Liberation, Theory and Practice in Amílcar Cabral. Constuindo a Utopia: Temas e conferências sobre Direitos Humanos. Praia: Tipografia Santos.

Lovenduski, J. y Norris, P. (1995). Political Recruitment: Gender, Race and Class in the British Parliament. Cambridge: Cambridge University Press.

Lovenduski, Joni. (2005). Feminizing Politics. Oxford Malden, Massachusetts: Polity.

Monteiro, E. (2009). Democracia e Desafios Pós‑Coloniais: Uma Análise da Participação Política das Mulheres em Cabo Verde. Praia: Universidade de Cabo Verde

Puwar, N. (2004). Space Invaders: Race, Gender and Bodies Out of Place. Mánchester: University of Salford.

Yuval-Davis, N. (1997) Gender and Nation. London: Sage Publications.

Revistas académicas

Verloo, M. (2005). Differences in the framing of gender inequality as a policy problem across europe. The Greek Review of Social Research, 117, 3-10.

Documentos electrónicos

Agencia Angola Press, (2017). Cabo Verde: Praia alberga workshop internacional sobre paridade política. Recuperado el 30 de septiembre de 2018, de http://www.angop.ao/angola/pt_pt/noticias/africa/2017/6/31/Cabo-Verde-Praia-alberga-workshop-internacional-sobre-paridade-politica,e86e7946-87af-4118-b337-c03964cfb73b.html

Gender Quotas Database. (2018). Cape Verde. Recuperado el 30 de septiembre de 2018, de https://www.idea.int/data-tools/data/gender-quotas/country-view/89/35

Governo de Cabo Verde (2017). Rede de Mulheres Parlamentares partilha “Declaração de Rui Vaz” com o Chefe do Governo. Recuperado el 30 de septiembre de 2018, de http://www.governo.cv/index.php/rss/7303-rede-de-mulheres-parlamentares-partilha-declaracao-de-rui-vaz-com-o-chefe-do-governo

Governo de Cabo Verde (2018). Elenco Governamental. Recuperado el 30 de septiembre de 2018, de http://www.governo.cv/index.php/elenco-governamental

Instituto Nacional de Estadística (2016), Mulheres em Cabo Verde: factos e números. Recuperado el 30 de septiembre de 2018, de http://ine.cv/publicacoes/mulheres-cabo-verde/

Infopress (2018). RMPCV, ICIEG e ONU Mulheres unem esforços na elaboração da proposta de Lei da Paridade. Recuperado el 30 de septiembre de 2018, de http://www.inforpress.publ.cv/rmpcv-icieg-e-onu-mulheres-unem-esforcos-na-elaboracao-da-proposta-de-lei-da-paridade/

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No habrá refugio para las mujeres: el caso de las refugiadas rohinyás https://www.wikigender.org/es/wiki/no-habra-refugio-para-las-mujeres-el-caso-de-las-refugiadas-rohinyas/ https://www.wikigender.org/es/wiki/no-habra-refugio-para-las-mujeres-el-caso-de-las-refugiadas-rohinyas/#respond Wed, 26 Aug 2020 07:52:45 +0000 https://www.wikigender.org/?post_type=userpress_wiki&p=25463 Escuela de Gobierno, Universidad Complutense de Madrid (EG)

Sergio Moreno Ríos

Un genocidio a cámara lenta

La comunidad rohinyá es una minoría étnica predominantemente musulmana formada por más de 1,1 millones de personas que disponen del Estado de Rakáin, situado en el oeste de Myanmar – antigua Birmania – fronterizo con Bangladesh, como lugar de residencia. Si bien durante siglos han venido cohabitado el territorio que hoy toma el nombre de Myanmar, los sucesivos gobiernos denegaron su condición de ciudadanía alegando que no son sino inmigrantes ilegales, personas extranjeras o personas de razas bengalíes venidas de la vecina Bangladesh (Masegosa, 2018). Así pues e históricamente, el Gobierno birmano ha excluido y perseguido a la población rohinyá durante décadas, condenándola a un estado de segregación con respecto al resto de la población de mayoría budista (Amnesty International, 2017). De dicha negación de nacionalidad emanaron, a su vez, múltiples discriminaciones que siguen afligiendo hoy a la totalidad de su existencia social: a saber, restricción para con su libertad de circulación y para con el acceso a la educación; prohibición de reunión y de atención médica salvo para casos de extrema necesidad; coacción para con su libertad religiosa e incitación masiva al odio por parte de la ciudadanía budista, entre otras (Amnesty International, 2017).

Huyendo del horror y al menos desde 1970, 700.000 personas de la comunidad se refugiarían en la vecina Bangladesh, con cuyos habitantes comparten lengua y etnia – la bengalí – y religión – el islam – pero cuyo gobierno, así como Birmania, optaría por denegar sus derechos civiles (Masegosa, 2018). En otras palabras: “ninguno de los dos países considera a la población rohinyá como suya. A esta comunidad no la quiere nadie” (Masegosa, 2018). Recapitulando, se habla aquí de una violencia sistemática e indiscriminada con base racial y con un claro objetivo de dominación, intimidación y aislamiento contra la población civil que, de acuerdo con Naciones Unidas, constituye un régimen de apartheid y, por tanto, un crimen de lesa humanidad (Amnesty International, 2017).

Así por ejemplo, en el año 2012 la tensión étnica entre rohingyas y budistas propiciaría unos disturbios que culminarían con el desplazamiento forzoso de miles de personas obligadas a abandonar sus hogares y padecer, cuatro años más tarde y tras varios enfrentamientos entre grupos rohingya y el ejército birmano, una campaña de represión que concluiría con flagrantes vulneraciones de derechos humanos tales como detenciones arbitrarias, violaciones, asesinatos e incendios selectivos (Masegosa, 2018). Seguidamente, este episodio se repetiría, cruentamente, el 25 de agosto de 2017, cuando el gobierno birmano y patrullas ciudadanas de otras etnias procuraron un exterminio de localidades rohingya que vendría a verificar, consecuentemente y de cara a la comunidad internacional, la detallada planificación de un intento de limpieza étnica:

“Las personas rohinyá fueron víctimas de una jauría militar y popular que perpetró miles de asesinatos, la destrucción de cientos de sus aldeas, la violación de sus mujeres, el exterminio de sus ganados, la quema de sus campos de cultivo…” (Masegosa, 2018)

A razón de ello, el éxodo rohingyá desde Myanmar hacia Bangladesh ha ido incrementándose de forma significativa coincidiendo con los periodos de violencia y alcanzando el total de 867.000 personas refugiadas acorde a los últimos datos de la ONU del 21 de enero de 2018 (ISCG, 2018). Tal es así que, en su inmensa mayoría, las personas rohingyá alcanzan los campos de refugiados, heridas, hambrientas y necesitadas con suma urgencia de ayuda humanitaria (ISCG, 2018). Sintéticamente, de las 700.000 personas refugiadas que se hallan en los campos, cabe señalar la supervivencia de 120.000 mujeres embarazadas o lactantes, 399.000 niñas y niños menores de cinco años y 1.200.000 personas que requieren asistencia humanitaria (UNICEF, 2018).

En este sentido y de acuerdo con investigaciones recientes, la invisibilidad de las mujeres en los campos de refugiados es extraña, pues se estima que ellas constituyen la mitad de la población rohinyá huida a causa de las matanzas, violaciones y torturas (Amnesty International, 2017). Sin embargo, es posible encontrar la razón de ello en el temor de muchas mujeres refugiadas a sufrir violencia sexual dentro de los propios campos (ONU News, 2018.3). Por tanto y en sintonía con los estudios migratorios atravesados por la perspectiva de género (Pacecca, 2012), este artículo pretende analizar someramente la operatoria de las estructuras de género y sus discriminaciones diversas en la etapa pre-migratoria, en la migración en sí y en el ingreso al país de destino, constatando las vulneraciones de derechos humanos que las mujeres rohinyás padecen a razón de su género.

Etapas pre-migratoria y migratoria

Tal y como sostienen las investigaciones de Elisabeth J. Wood, la violencia sexual tiende a ser utilizada como una estrategia de guerra en un conflicto armado en la medida que permite limpiar un territorio garantizando que lo traumático de lo sucedido dificulte la voluntad de la población de retornar al mismo (2013). En el caso que aquí respecta, en la etapa pre-migratoria – previo a la huida – todas las mujeres y niñas rohingyá habrían presenciado o padecido sucesos de violencia sexual en clave de violación, violaciones masivas por múltiples soldados, desnudez, humillación pública y/o esclavitud sexual. Es más, el modo de actuar empleado habría seguido un patrón de planificación aplicado en las distintas operaciones de limpieza (ONU News, 2018.1, 2018.2). Asimismo, los informes constatan que el número de denuncias es inferior a los delitos efectivamente perpetrados en tanto que, debido a la negación de ciudadanía, al temor y a la estigmatización cultural que culpabiliza a las supervivientes, éstas rara vez ven facilitada su capacidad de denuncia (Amnesty International, 2017). Por otro lado, el secuestro de mujeres y niñas con fines de explotación sexual ha venido desencadenando un “factor motivador de huida” añadido habida cuenta de la prevalencia de violaciones durante las operaciones militares a finales de 2016 y, nuevamente, después del 25 de agosto de 2017 (ONU News, 2018.2).

Finalmente, y pese a la escasez de fuentes fidedignas que aborden la etapa migratoria o éxodo a Bangladesh, parece posible confirmar que numerosas personas que cruzaban la frontera presentaban heridas de bala y signos de violencia sexual (Amnesty International, 2017).

Etapa de ingreso en el país de destino

Finalmente, en noviembre de 2017, la Organización Internacional para las Migraciones de las Naciones Unidas informó sobre el tráfico, trata y explotación de personas rohinyá en los propios campos de Bangladesh. Tal y como fue cerciorado, en la actualidad numerosas personas bangladesís proceden a contratar a mujeres y niñas refugiadas con falsas ofertas de empleo doméstico. Además, la Oficina informó que, con frecuencia, se les obliga a trabajar más de lo convenido, se les impide contactar con la familia y son sometidas a malos tratos y a violencia sexual. Por último, se mencionó que entre la población rohinyá están teniendo lugar matrimonios forzados bajo la promesa de protección y seguridad económica para las mujeres y niñas rohinyá (ONU News, 2018.2).

En efecto, cabe concluir aquí que los niveles de violencia sexual contra las mujeres rohingyás tanto por parte de la población local como de los hombres refugiados son extremadamente elevados.

Un genocidio en clave de género

“En contextos de extrema violencia la violencia contra las mujeres se intensifica; esto se ha observado globalmente una y otra vez en las crisis humanitarias. Esta vez no ha sido diferente” (Wood, 2013).

Si bien los hechos que se recogen aquí abarcan una pequeña fracción de la realidad de las mujeres rohinyás, urge señalar como las violaciones de derechos humanos perpetrados contra ellas, trascienden las formas de genocidio que sufre la totalidad de la comunidad. Recapitulando, se ha hablado aquí de una discriminación que toma forma de violencia sexual y esclavitud, de un genocidio dentro de otro, de un genocidio con rostro de mujer:

  • La violación y la trata de personas es un acto de violencia de género y constituye “discriminación”, prohibida con arreglo a la normativa internacional, incluida la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) de la que Myanmar es Estado Parte.
  • Asimismo, similares violaciones perpetradas por funcionarios estatales – que incluyen tanto soldados como policía fronteriza – han venido siendo definidos como tortura tanto por tribunales penales internacionales como por la ONU y los órganos regionales de derechos humanos. Dado que los perpetradores participaron y planificaron sistemáticamente cada violación contra las mujeres rohinyás, la misma violencia sexual constituye un crimen de guerra y de lesa humanidad que cabría a ser juzgado por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

 

Referencias bibliográficas

Libros

Masegosa, A. (2018). Ronhinyá. El drama de los innombrables y la leyenda de Aung San Suu Kyi. Madrid: Los libros de la catarata.

Wood, E. J. (2013). Multiple perpetrator rape during war. In Handbook on the Study of Multiple Perpetrator Rape (pp. 152-179). Routledge.

Revistas académicas

Pacecca, M. I. (2012). La migración de mujeres en clave de género y derechos en tres relatorías especiales de las Naciones Unidas. Buenos Aires: Mora, 18 (2).

Documentos electrónicos

UN News (2017.1). UN envoy urges greater support for Rohingya victims of sexual violence. Recuperado el  22 de diciembre del 2018, de https://news.un.org/en/story/2017/11/636412-un-envoy-urges-greater-support-rohingya-victims-sexual-violence#.WnrmTKKQ57Y

UN News (2017.2). Myanmar can draw on UN expertise in tackling Rohingya returns, Security Council told. Recuperado el  22 de diciembre del 2018, de https://news.un.org/en/story/2017/12/639202-myanmar-can-draw-un-expertise-tackling-rohingya-returns-security-council-told#.Wjk0ulXiaUk

UN News (2017.3). UN warns of trafficking, sexual abuse in shadow of Rohingya refugee crisis. Recuperado el  22 de diciembre del 2018, de https://news.un.org/en/story/2017/11/636002-un-warns-trafficking-sexual-abuse-shadow-rohingya-refugee-crisis#.Wjk0xlXiaUk

ISCG (2018). Situation Update: Rohingya Refugee Crisis – Cox’s Bazar. Recuperado el  22 de diciembre del 2018, de https://reliefweb.int/report/bangladesh/iscg-situation-update-rohingya-refugee-crisis-cox-s-bazar-21-january-2018

UNICEF (2018). Bangladesh – Humanitarian Situation report No.19 (Rohingya influx). Recuperado el  22 de diciembre del 2018, de https://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/UNICEF%20Bangladesh%20Humanitarian%20Situation%20Report%20No.19%2C%2021%20January%202018.pdf

Amnesty International (2017). “Caged without a roof” apartheid in Myanmar’s Rakhine state. Recuperado el  22 de diciembre del 2018, de https://www.amnesty.org/download/Documents/ASA1674842017ENGLISH.PDF

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Ruptura de estereotipos y roles de género durante la rehabilitación y reconstrucción tras el desastre: el caso del Tifón Yolanda en Filipinas https://www.wikigender.org/es/wiki/ruptura-de-estereotipos-y-roles-de-genero-durante-la-rehabilitacion-y-reconstruccion-tras-el-desastre-el-caso-del-tifon-yolanda-en-filipinas/ https://www.wikigender.org/es/wiki/ruptura-de-estereotipos-y-roles-de-genero-durante-la-rehabilitacion-y-reconstruccion-tras-el-desastre-el-caso-del-tifon-yolanda-en-filipinas/#respond Thu, 18 Jun 2020 15:18:12 +0000 https://www.wikigender.org/?post_type=userpress_wiki&p=25207 Centro Superior de Estudios de Gestión (CSEG-UCM)

Verónica Pastor Fernández

El archipiélago filipino es propenso a los desastres naturales, que ocasionan importantes consecuencias socioeconómicas para el país. Entre los peores desastres que han agitado Filipinas, destaca el tifón Haiyan (localmente conocido como Yolanda), que en noviembre de 2013 golpeó el archipiélago con nivel cinco, el máximo de la escala Saffir-Simpson (OTC en Filipinas, 2013), dejando 6.300 víctimas mortales, 1.061 personas desaparecidas, 28.689 personas heridas, 4.095.280 desplazadas y 1.084.762 hogares destruidos (NDRRMC, 2014).

El impacto arrasador del tifón produjo además la destrucción de una exorbitante magnitud de infraestructuras públicas y privadas. Edificios, puentes, carreteras, instalaciones de comunicación, suministro de agua y electricidad, fueron destruidos, limitando los accesos y, en consecuencia, dificultando la respuesta humanitaria (Naciones Unidas, 2013).

No existe disponibilidad datos de las víctimas del tifón Yolanda desagregados por sexo, por lo que no se puede afirmar en este caso que el número de mujeres víctimas supere al de los hombres. La falta de datos desagregados implica la invisibilización del impacto diferenciado sobre mujeres y hombres.  En consecuencia, las acciones realizadas en la respuesta, rehabilitación y posterior recuperación tras el desastre no cuentan con toda la información necesaria para atender de manera específica las desigualdades de género.

A través de la intervención de distintas organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) y organismos internacionales en la respuesta al desastre, sí existe constancia respecto a determinadas transformaciones en las relaciones de género entre la población afectada tras el tifón.

Transgresión de roles de género

A raíz de Yolanda, muchas mujeres quedaron viudas, lo que les obligó a convertirse en las principales sustentadoras económicas de la familia. Los hombres retomaron sus roles tradicionales como jefes de hogar a pesar de que sus ingresos eran menores por las dificultades para encontrar medios para conseguir un salario. Con el tifón perdieron los instrumentos que empleaban para ganarse la vida: animales, barcos, etc.

Las mujeres, con el apoyo de los niños y niñas, continuaron con las tareas reproductivas para atender las necesidades, no solo de sus familias, sino de las comunidades. Además del desempeño de las tareas reproductivas, se dedicaron a la realización de labores que transgredían sus roles de género, como la carpintería o la limpieza de escombros. Los ingresos de los hombres eran inferiores por la dificultad para adquirir un sustento de vida, por lo que las mujeres diversificaron la búsqueda de formas de generar ingresos. En un primer momento, los hombres dudaron si las mujeres serían capaces de hacer trabajos de carpintería, pero la necesidad de reconstruir todo lo que el tifón había devastado no dejó lugar para los escepticismos (M. Guillermo, comunicación personal, 16 septiembre 2015).

No obstante, las posibilidades para hacer frente al rol productivo fueron más limitadas para las mujeres por la necesidad de conciliarlo con el trabajo reproductivo, lo que limitaba su movilidad, su tiempo y sus opciones. Además, el trabajo reproductivo se intensificó, entre otros factores, debido a que las casas y sus ubicaciones cambiaron radicalmente, especialmente para quienes vivían en refugios temporales (por las mayores distancias a los mercados, a los puntos de distribución de agua, etc.). Las múltiples responsabilidades necesariamente afectaban al acceso a oportunidades de educación, participación, producción y, sobre todo, bienestar (Novales, 2014).

La transgresión de roles de género durante la rehabilitación y reconstrucción tras el desastre solo se llevó a cabo por las mujeres, pero no a la inversa, siendo el trabajo de cuidados escasamente desempeñado por los hombres. Hubo, de hecho, dificultades para involucrar a los hombres en cuestiones de higiene y salud, dado que encontraban “gracioso” formar parte de iniciativas que consideraban fuera de sus cometidos, presentando una mayor resistencia para traspasar sus roles, y permaneciendo en la esfera productiva (Novales, 2014).

Participación asociativa

Tras el tifón Yolanda surgió un fuerte movimiento asociativo en las zonas afectadas, relacionado con la toma de conciencia de la importancia que tienen las redes sociales para el acceso a la información y a los recursos. En esta proliferación de asociaciones hubo una extraordinaria participación de mujeres, que desempeñaron un trabajo especialmente activo en la recuperación. Su participación les involucró en la obtención de ingresos para la comunidad y les dio la oportunidad de vivir nuevas experiencias, al entrar en un ámbito que anteriormente les estaba implícitamente vetado.

La participación de las mujeres en los espacios donde se desempeñan funciones de administración política y comunitaria ha sido muy importante para su empoderamiento. Sin embargo, también ha tenido importantes costes para ellas, dado que además de dedicarse al asociacionismo, siguieron encargándose del trabajo reproductivo, abordando las necesidades de cuidados de su familia. Así, la participación se convertía en una tarea añadida, dando lugar a una doble jornada o triple, en los múltiples casos de las mujeres que, como se ha descrito, comenzaron a trabajar además en el ámbito productivo.

La sobrecarga generada hacia las mujeres a causa de intervenciones en el desarrollo de las comunidades es el resultado de la aplicación del enfoque “Mujeres en el Desarrollo” (MED), implementado a partir de los años 70, con el objetivo de integrar a las mujeres en las estrategias de desarrollo, poniendo énfasis en su papel productivo. Este enfoque considera a las mujeres aisladamente y, por tanto, propone soluciones parciales, reforzando sus roles de género y sin cuestionar la división sexual del trabajo (De la Cruz, 1999).

La falta de cuestionamiento de las relaciones de poder supone perpetuar el rol reproductor de las mujeres debido a la falta de articulación entre los roles productivos y reproductivos.

Posteriormente, durante los años 80, surge el enfoque transformador “Género en el Desarrollo” (GED) como consecuencia del análisis de las relaciones entre mujeres y hombres, partiendo del reconocimiento de la posición subordinada de las mujeres. Este enfoque implica que las necesidades de las mujeres dejen de ser consideradas aisladamente para formar parte de un análisis de las relaciones de género en los hogares, las comunidades y las instituciones. Promueve, en consecuencia, la superación de las desigualdades estructurales (De la Cruz, 1999).

El fomento de la ruptura de los roles tradicionales de género es fundamental tras un desastre, pudiendo aprovechar la oportunidad para que las mujeres puedan ocupar espacios donde antes no participaban. Sin embargo, es importante asegurarse de que con ello no se incrementa drásticamente su carga de trabajo.

La ocupación de espacios públicos por parte de las mujeres debe hacerse en armonía con la ocupación por parte de los hombres del espacio reproductivo, para que las cargas de trabajo estén equiparadas. No se trata de invertir los roles de género, sino de redefinirlos, en la búsqueda de un contexto más justo y equitativo, aprovechando las situaciones de crisis para dejar de perpetuar las desigualdades. Para ello, es esencial dar visibilidad a las estructuras que hacen posibles esas desigualdades.

 

El presente artículo se ha extraído del Trabajo de Fin de Máster: Una mirada desde la perspectiva de género a los desastres naturales: el caso del Tifón Yolanda (Haiyan) en Filipinas, realizado en el marco del XI Máster Propio en Género y Desarrollo, presentado en abril de 2016.

Bibliografía

Barrantes, G. (2011). Desastres, desarrollo y sostenibilidad. Espacio Regional, 2, 8, pp. 15-24. Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/274073220_DESASTRES_DESARROLLO_Y_SOSTENIBILIDAD

De la Cruz, C. (1999). Guía metodológica para integrar la perspectiva de género en proyectos y programas de desarrollo. Vitoria-Gasteiz: Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. Recuperado de https://docplayer.es/194797-Como-ha-evolucionado-el-enfoque-de-mujeres-en-el-desarrollo-med-a-genero-en-el-desarrollo-ged.html

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Oficina Técnica de Cooperación (OTC) en Filipinas, (2013). Nota Informativa sobre la intervención de la Cooperación Española en la catástrofe causada en Filipinas por el tifón Haiyan (Yolanda), de noviembre de 2013. Documento no publicado. AECID, Manila.

 

 

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Introducción

Las distintas líneas de pensamiento en torno al género y medio ambiente que se han sucedido en el tiempo: ecofeminismo; mujeres y medioambiente; género, medio ambiente y desarrollo sostenible; han logrado que la igualdad de género haya pasado a formar parte de las políticas ambientales, dando lugar a una compleja pero inexorable relación entre ambos enfoques. La incorporación de la perspectiva de género a la gestión medioambiental cuenta así mismo con un amplio marco legislativo internacional que le da cobertura.

A partir de la década de los noventa, diversas conferencias de las Naciones Unidas – la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro (1992), el Convenio sobre Diversidad Biológica (1992), la Convención Internacional de Lucha contra la Desertificación (1994), la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de Pekín (1995), la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sustentable en Johannesburgo (2002), la Conferencia Mundial sobre la Reducción de Desastres en Hyogo (2005) y la posterior en Sendai (2015), la Cumbre de Clima en París (2015) — han reconocido el rol decisivo de las mujeres en la conservación y la gestión de los recursos naturales y la protección del medio ambiente, señalando la necesidad de garantizar su plena participación en la toma de decisiones, así como en la formulación y ejecución de políticas ambientales (Inmujeres, 2003).

En el año 2007 se creó la Alianza Global de Género y Clima (GGCA), a raíz de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático celebrada en Bali, dedicada a promover el fortalecimiento organizacional para asegurar que las políticas de cambio climático, las iniciativas y la toma de decisiones transversalizan la perspectiva de género (GGCA, s.f.).

No se puede negar que ha habido importantes reconocimientos y logros de carácter legislativo, derivados de una gran conciencia de la necesidad de eliminar las desigualdades de género en todos los ámbitos. Sin embargo, en el ámbito ambiental las mujeres se encuentran en una posición de desventaja, que limita su acceso a los recursos y dificulta su participación en las decisiones relativas a la gestión ambiental, pese a ser las principales proveedoras y administradoras de los recursos naturales en los hogares.

Antes de entrar en el análisis, conviene hacer la siguiente aclaración. Si bien en este artículo se hace referencia a hombres y mujeres, se ha de tener en consideración la pluralidad de personas y sin entender a las mujeres, hombres y otras identidades como grupos homogéneos. Así mismo, es imprescindible tener en cuenta los distintos factores de opresión que atraviesan a cada persona, además del género, como la etnia o la edad, y que posicionan a los individuos en distintos niveles de vulnerabilidad.

Acceso y control de los recursos

El género como principio organizador de la sociedad asigna a mujeres y hombres distintos roles y espacios, afectando a sus experiencias, intereses y habilidades para manejar los recursos naturales. Los roles de género intervienen en tanto que mujeres y hombres hacen un uso distinto de los recursos naturales, y a su vez, las posibilidades de preservar los recursos y regular las acciones en torno a estos también varían (Vázquez, 2003).

Más en detalle, como expone Vázquez (2003) a partir de Thomas-Slayter y Rocheleau (1995), el género determina el acceso y control sobre la tierra, el trabajo, las instituciones y los servicios, de manera que mujeres y hombres de distinta condición tienen diferentes responsabilidades, oportunidades y limitaciones en el manejo de recursos naturales tanto al interior del grupo doméstico como en la comunidad, lo que da lugar a distintos conocimientos sobre el ambiente.

En casi todo el mundo corresponde a los hombres el aprovechamiento comercial de los recursos naturales: pastoreo, pesca, explotación minera y extracción maderera y de diversos productos forestales; los beneficios, empero, no necesariamente llegan a los hogares. Las mujeres, por su parte, usan los bosques y otros recursos para obtener alimentos, plantas medicinales y combustible, e incluso para generar ingresos que invariablemente se destinan al sostén familiar; pero cuando llegan a emprender proyectos productivos, enfrentan —por mera razón de su sexo— serias dificultades para conseguir créditos, apoyos, programas, capacitación e insumos en general (Inmujeres, 2003, p. 7).

Más allá de considerar el distinto uso de los recursos, es preciso prestar atención a la forma en que mujeres y hombres de distinta condición se apropian de ellos, así como el poder o la falta del mismo que tienen sobre otras personas para controlar sus actividades (Vázquez, 2003). En algunos países[1], la única forma de acceder a la tierra por parte de las mujeres es a través de redes masculinas (marido, padre, hermano…). Según datos ofrecidos por la Base de Datos de Género y Derechos de la Tierra (GLRD) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la proporción de mujeres propietarias de explotaciones agrícolas a nivel mundial oscila entre el 0,8% (Arabia Saudí) y el 51% (Cabo Verde), con un porcentaje global del 12,8%[2]. De este modo, además del tipo de derechos y responsabilidades que mujeres y hombres tienen sobre un determinado recurso, se ha de considerar su capacidad de acción sobre el mismo.

Participación y toma de decisiones

El reconocimiento del saber y la experiencia de las mujeres como usuarias de los recursos naturales es clave para la sostenibilidad ambiental. La división de roles por sexo y el tipo de conocimientos que derivan de ello convierte a las mujeres necesarias en el manejo de proyectos ambientales.

Excluir a las mujeres de este proceso tiene como consecuencia el deterioro ambiental, por lo que “todo lo relacionado con las cuestiones ambientales precisa ser abordado desde la perspectiva de género, junto con la promoción de una ética medioambiental con tendencia hacia un uso sostenible de los recursos y un entorno más justo y equitativo” (Melero, 2011, p. 23).

La consideración de las mujeres como agentes ambientales supone su participación activa en los proyectos de manejo comunitario de recursos. Sin embargo, al igual que en la mayoría de los ámbitos, las mujeres son discriminadas y no tenidas en cuenta en los procesos ambientales a pesar de ser las principales administradoras de este tipo de recursos en base a las actividades domésticas y otras tareas reproductivas que realizan. Un problema frecuente es, así mismo, la apropiación de su trabajo, siendo consideradas como instrumentos y no como agentes de su propio desarrollo (Vázquez, 2003).

Aportes para la práctica

La construcción de soluciones a las problemáticas ambientales en conjunto con las mujeres requiere la generación de procesos más justos y equitativos en el acceso, uso y gestión de los recursos naturales, analizando la participación e implicación de mujeres y hombres, con el objetivo de identificar las brechas de género que se ocasionan en determinados contextos y realidades a nivel local, que impiden a las mujeres desarrollar sus potencialidades (Melero, 2011).

La siguiente tabla recoge una serie de criterios básicos para integrar la perspectiva de género en la gestión ambiental a través de las dos dimensiones expuestas (acceso y control de recursos, y participación y toma de decisiones):

DIMENSIÓN CRITERIOS
  • Acceso y control de los recursos-
Comunicación precisa y accesible tanto para mujeres como para hombres respecto a los programas y actividades de promoción ambiental.

Medición de los/as participantes de los programas ambientales desglosada por sexo y edad.

Control de recursos equitativo entre hombres y mujeres entre los objetivos de las políticas o programas.

Reparto equitativo y coherente de las cargas y los beneficios de la gestión medioambiental.

  • Participación y toma de decisiones-
Fomento del manejo de los programas y actividades por parte de las mujeres y hombres de manera equitativa, partiendo de sus conocimientos y habilidades propias.

Apoyo para dar respuesta a los obstáculos que puedan impedir la participación de las mujeres en las distintas actividades dirigidas a la gestión ambiental (Ej: cuidado de niños y niñas), para garantizar la participación equitativa.

Uso de herramientas e instrumentos metodológicos que permitan cuantificar y analizar la situación de las mujeres, en relación al tipo de tareas que desarrollan relacionadas con los recursos naturales y el tiempo que les ocupa, para sistematizar las desigualdades de género que se producen en relación al uso y manejo de estos recursos.

Fomento de una representación proporcionada de mujeres y hombres en la toma de decisiones en los asuntos relacionados con el manejo y la gestión de recursos naturales.

Fuente: Elaboración propia a partir de Melero (2011) y AECID (2015)

 

Conclusiones

Las mujeres, como conocedoras, usuarias y consumidoras de los recursos naturales desempeñan una serie de funciones esenciales en el manejo de los mismos que deberían garantizar su participación de calidad en las decisiones relativas a la gestión ambiental. Sin embargo, la situación de desventaja en el acceso y especialmente el control de los recursos, dificultan su participación pese a contar con el soporte de un extenso marco internacional, junto con diversas estrategias conceptuales que ponen de manifiesto los vínculos entre género y medio ambiente.

La gestión ambiental con perspectiva de género supone visibilizar y reconocer el trabajo desempeñado por las mujeres (distinguiendo los diferentes aportes de mujeres y hombres), poniendo de manifiesto su capacidad para proponer mecanismos conducentes a la sostenibilidad ambiental. Supone, así mismo, propiciar relaciones más justas y complementarias, en pro de la igualdad de género.

Referencias bibliográficas

Referencias web

  • www.fao.org

[1] En algunos países las mujeres solo pueden acceder a las tierras a través de figuras masculinas de referencia. No obstante, las desigualdades de género en la propiedad de la tierra están presentes en todos los países.

[2] http://www.fao.org/gender-landrights-database/data-map/statistics/es/?sta_id=982

 

 

Universidad Complutense de Madrid 

Autora: Verónica Pastor Fernández

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